La justicia revocó la cautelar que suspendió 81 artículos de la ley de reforma laboral


La justicia federal revocó este viernes la medida cautelar que había suspendido 81 artículos de la ley de reforma laboral que había aprobado en Congreso de la Nación a partir de un proyecto presentado por el gobierno nacional de Javier Milei.
Fuentes judiciales informaron a Clarín que la jueza en lo contencioso administrativo federal Macarena Marra Giménez resolvió dejar “sin efecto la medida cautelar otorgada mediante resolución del 30/3/2026, que suspendió 81 artículos de la Ley de Modernización Laboral N°27.802”.
Con esta decisión no quedó vigente ninguna de las medidas judiciales que habían frenado parte de la norma en una causa que inició la Confederación General del Trabajo (CGT). Ahora resta que se resuelva el fondo del planteo que es el pedido de inconstitucionalidad de la ley.
La causa había entrado en un laberinto judicial con disputas políticas. El juez nacional del trabajo Raúl Ojeda dictó en marzo pasado una medida cautelar que suspendió 81 artículos de la reforma. Lo hizo ante lo que entendió podía ser un daño a derechos laborales de trabajadores y hasta tanto se resuelva el pedido de inconstitucionalidad.
Los artículos suspendidos eran sobre antigüedad, mediación, subcontratación, despidos, régimen de vacaciones, período de pruebas, entre otros. El gobierno nacional hizo varias presentaciones: apeló el fallo, pidió que salga del fuero laboral para que la causa tramite en la justicia contencioso administrativo federal y presentó un per saltum para que intervenga la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La mayoría de esas presentaciones tuvieron resultados favorables para el gobierno. La Cámara del Trabajo revocó la suspensión de los artículos y les volvió a dar vigencia. Fue con polémica porque al día siguiente de ese fallo, a uno de los jueces que lo dictó –Víctor Pesino– el gobierno lo premió con un pedido al Senado para que siga en el cargo cinco años más. A su vez, la CGT recusó a esos camaristas.
Por otra parte, también se resolvió que la causa cambie de fuero como pedía el gobierno. En tanto, la Corte Suprema rechazó el per saltum para que intervenga directamente en la medida cautelar.
Con el cambio de tribunal, el expediente pasó a la jueza Marra Giménez quien volvió a analizar la medida cautelar y entendió que debía ser revocada.
La magistrada señaló que el reclamo de la CGT abarca tantos puntos que exceden una medida cautelar. “Dada su complejidad y extensión, el planteo requiere un examen profundo de estudio sobre los derechos involucrados, que no puede ser merituado a título cautelar, sin riesgo de adelantar opinión sobre el contenido del pronunciamiento definitivo”, sostuvo.
Y resaltó: “Desde esta perspectiva, no resultan viables las medidas cuando -como en el caso-, con la suspensión de 81 artículos de la ley N°27.802- se pretende imponer un inoportuno discernimiento sobre cuestiones que, por su complejidad jurídica, exceden el limitado ámbito de conocimiento preliminar propio de una cautelar”.
La CGT puede apelar el fallo para que sea revisado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. Por ahora parte, la jueza Marra Giménez deberá decidir sobre el fondo del reclamo: si la ley es constitucional o no.
Fuente: www.clarin.com



