Retención de aportes de la AFA: rechazaron un pedido de Tapia y Toviggino para anular sus indagatorias


El juez en lo Penal Económico Diego Amarante rechazó este lunes un pedido del presidente del Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, y del tesorero, Pablo Toviggino, para anular sus indagatorias de esta semana en la causa por la retención indebida de 19.300 millones de pesos de impuestos y aportes previsionales.

Fuentes judiciales informaron a Clarín que el magistrado rechazó el planteo de anular las indagatorias hasta tanto se resuelva un pedido de sobreseimiento de los acusados que está pendiente en la Cámara en lo Penal Económico. Así, quedaron ratificadas las indagatorias de Toviggino para este miércoles y de Tapia para el jueves.

Las audiencias ya comenzaron. El viernes se presentó en tribunales Gustavo Lorenzo, general general de la AFA, y este lunes Víctor Blanco y Cristina Malaspina, ex y actual secretario general de la entidad. Los tres hicieron un descargo por escrito en el que señalaron que no estaba entre sus funciones el pago de los impuestos y se negaron a contestar preguntas.

Cuando el juez citó a indagatoria a los cinco dirigentes, la defensa de Tapia, Malaspina y Lorenzo pidieron la nulidad de la citación. Luego se sumaron las de Blanco y Toviggino.

Plantearon que estaba pendiente de resolución en la Cámara Penal Económico un pedido de sobreseimiento. El planteo se basó en que no cometieron ningún delito en no pagar los impuestos y los aportes porque hay vigentes hasta mitad de año resoluciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y del Ministerio de Economía de la Nación que impiden las ejecuciones fiscales de asociaciones civiles sin fines de lucro, como lo es la AFA.

Así, las defensas señalaron que si una deuda no se puede ejecutar tampoco se puede reclamar, por lo que no se cometió ningún delito. El juez Amarante rechazó ese planteo que fue apelado a la Cámara. En ese contexto, las defensas señalaron que las indagatorias son nulas hasta que ese tribunal resuelva porque los acusados pueden ser sobreseídos en esa instancia.

Amarante no aceptó anular las indagatorias. El magistrado explicó que mientras el fallo que rechazó sobreseer a los acusados no sea revocado “habilita al juez a continuar ejerciendo las atribuciones propias de la etapa instructoria”. Y agregó: “La interposición del recurso deducido no altera esa eficacia ni comporta, en el régimen vigente, una paralización automática del procedimiento”.

“No resulta atendible sostener que la convocatoria a prestar declaración indagatoria comporte, en sí misma, una afectación o menoscabo del imputado”, sostuvo Amarante en otro tramo de su resolución ya que ese momento “se trata del acto procesal a través del cual se le garantiza el conocimiento formal de la imputación y la posibilidad de ejercer su defensa material antes de que se adopte cualquier decisión sobre su situación procesal”.

En la causa se investiga el no pago por parte de la AFA de 19.300 millones de pesos por el impuesto a las Ganancias, IVA y aportes previsionales en distintos períodos de marzo de 2024 a septiembre del año pasado. Se inició por una denuncia de diciembre pasado de ARCA, que es querellante en la causa.

Se trata del delito de retención indebida de aportes que tiene una pena de dos a seis años de prisión. La ley establece que ese delito se comete una vez que vence el plazo del pago del impuesto, más allá que después se regularice la situación, como ya hizo la AFA.

Fuente: www.clarin.com

Artículos Relacionados

Volver al botón superior