Ahora el Gobierno busca en la Justicia anular la ley de Emergencia en Discapacidad


El gobierno nacional de Javier Milei busca de distintas maneras anular la ley de emergencia en discapacidad que aprobó el Congreso Nacional en julio pasado. Una fue a través del proyecto de presupuesto nacional que la semana pasada trató la Cámara de Diputados. La norma fue aprobada pero Diputados revocó el capítulo en el que el gobierno buscaba no aplicar la iniciativa. Todo indica que en el Senado tampoco tendrá las votos.
Pero el Ejecutivo también explora la vía judicial. La Cámara Federal de San Martín deberá resolver un planteo del gobierno para que la norma se aplique siempre y cuando cuente con el presupuesto para hacerlo. Así lo dispuso cuando promulgó la ley que aprobó el Congreso. En el decreto 681 estableció en su artículo 2 que entrará en vigencia cuando se “incluya las partidas presupuestarias correspondientes en el presupuesto nacional”.
Ante esa decisión que no ponía en vigencia la ley de emergencia de discapacidad se inició una causa judicial. La familia de dos menores de 11 años con discapacidad iniciaron un amparo para que se declare inconstitucional el decreto. El caso quedó a cargo del juez federal de Campana, Adrián González Charvay, que el 12 de diciembre aceptó el planteo y declaró la invalidez del artículo 2 del decreto y ordenó “la inmediata aplicación” de la ley 27.793.
El magistrado señaló en su resolución que los argumentos del gobierno nacional para no aplicar la ley “resultan arbitrarios y aparentes, en abierta contradicción con principios y obligaciones constitucionales e internacionales vigentes, en tanto el desfinanciamiento del sistema de prestaciones básicas pone en riesgo la continuidad de tratamientos indispensables, generando retrocesos en el desarrollo integral de las personas con discapacidad, vulnerando principios de igualdad, no discriminación y progresividad”.
El juez sostuvo que “el derecho a la salud, educación y rehabilitación de personas con discapacidad debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias” y que “el Estado Argentino está obligado a cumplir con los estándares constitucionales e internacionales que garantizan la protección integral de los grupos más vulnerables”.
El Poder Ejecutivo apeló esa decisión. El procurador del Tesoro de la Nación, Santiago Castro Videla, presentó un escrito en la causa judicial en el que sostuvo que el fallo “causa agravio al Estado Nacional”. El juez González Charvay aceptó el planteo y lo remitió a la Cámara Federal de San Martín, informaron a Clarín fuentes judiciales. Lo hizo con “efecto devolutivo”, lo que significa que su decisión de que se aplique la ley sigue vigente.
El caso ya lo tramita la Sala II de la Cámara Federal de San Martín.
La ley de emergencia en discapacidad establece “un régimen integral de emergencia nacional en discapacidad con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, prorrogable por un año adicional, cuyo objeto expreso es efectivizar el cumplimiento de las obligaciones estatales derivadas de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de jerarquía constitucional otorgada por la Ley 27.044”.
Fuente: www.clarin.com



