Se pone en riesgo los derechos de ambos

El Gobierno nacional envió un proyecto al Congreso para disolver un matrimonio de común acuerdo en un acto administrativo ante el Registro Civil, sin la necesidad de recurrir a la justicia ordinaria, evitando trámites y acortando tiempos, en la idea de tener un divorcio ultra exprés.
Para el abogado jujeño Cesar Lera, este proyecto “pone en riesgo los derechos de ambos”, y si bien admitió que hubo avances con los divorcios, “en ese afán de revolucionar todo, no se puede dejar a personas con derechos vulnerados”.
Dijo que, con el nuevo proyecto, “serán divorcios más rápidos y más baratos, sin jueces ni abogados”, siempre que estén de acuerdo los involucrados y no haya bienes ni hijos de por medio. “Los colegios de abogados se opusieron al proyecto, no solamente por tocar su trabajo, sino también porque se ponen en riesgo varios derechos”.
Aclaró que en cualquier divorcio, la fecha de separación “es muy importante. Después de separarse, ya no entran bienes gananciales, por eso están los abogados, donde cada uno defiende la fecha de separación”, explicó en Canal 4.
“Con hijos y bienes de por medio, queda descartado este sistema, porque en el Registro Civil no podrán hablar de cuotas alimentarias o división de bienes, y en estos casos sí se deberá recurrir a la justicia”, aclaró y subrayó que en la mayoría de los divorcios hay desacuerdos.
Divorcio en conflicto
“La mayoría de los divorcios entran en conflicto, no se ponen de acuerdo y hay juicios, por los bienes o por los hijos”, detalló Lera, y además puntualizó que “un proyecto de vida no se soluciona en 10 minutos en un Registro Civil”.
Marcó que en un divorcio unilateral o con acuerdo, el vínculo se acaba en tres o cuatro meses y con sentencia. “Los gastos de un divorcio dependen de los bienes”, pero indicó que hay una tabla de honorarios mínimos que tiene el Colegio de Abogados de Jujuy, parten de los 600 mil pesos. “Después cada colega cobra lo que le parece”.
Cómo es el nuevo proyecto de divorcio exprés
El Ministerio de Desregularización presentó la idea que establece modificaciones en la ley de divorcio, norma que marca en su artículo 1 que se “sustituye el artículo 435 del Código Civil y Comercial de la Nación”, es decir que agrega una causa más de disolución del matrimonio.
El texto que hoy rige señala que las causas de disolución del matrimonio son tres. La primera por muerte de uno de los cónyuges; la segunda por sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento y la última por divorcio declarado judicialmente.
El proyecto que envió el ministro Federico Sturzenegger agrega a esa lista el “divorcio en sede administrativa, equiparado en cuanto a sus efectos con el declarado en sede judicial”, y modifica el artículo del Código Civil y Comercial que dispone que el divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges.
El proyecto pretende agilizar los trámites y disminuir los costos del divorcio. Además, cambia el artículo 51 de la Ley 26.413 de la actual ley que subraya que se inscribirán en los libros de matrimonios todos lo que se celebren ante la autoridad competente en el territorio de la Nación; también a aquellos cuyo registro sea ordenado por juez competente y determina que en las sentencias sobre nulidad, separación personal, divorcio y las reconciliaciones comunicadas judicialmente.
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Fuente: www.todojujuy.com