La Justicia revocó la sanción a un conductor del canal Carajo por insultar a los jueces de la Corte Suprema


La Justicia revocó la sanción disciplinaria que el Colegio Público de la Abogacía de Capital Federal (CPACF) le impuso al abogado libertario y conductor del canal de streaming Carajo, Alejandro Sarubbi Benítez, por insultar en la red social X (exTwitter) a los jueces de la Corte Suprema ante un fallo del máximo tribunal.
En una de las publicaciones cuestionadas, después de un fallo firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, el abogado Sarubbi Benítez (conocido en X como Gordo Leyes) publicó una foto de ellos y escribió, en letras mayúsculas: “La concha puta de su madre enfermos hijos de mil puta. Los quiero presos del primero al último”. Luego insistió en calificarlos como “hijos de mil puta”. Y agregó: “No existe el ‘derecho a la esperanza’, enfermos mentales. La peor Corte de la historia humana”.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal consideró que el Colegio no tenía competencia para sancionarlo por esas y otras expresiones, porque no encontró una vinculación suficiente entre los dichos y el ejercicio profesional. La Sala IV sostuvo que el hecho de estar matriculado como abogado no permite someter cualquier conducta pública al control disciplinario de la entidad.
“La sola inscripción en la matrícula no transforma al Colegio Público (CPACF) en un órgano dotado de competencia general para juzgar cualquier comportamiento de las personas que revisten la condición de abogado”, señalaron los camaristas.
El fallo marca un límite al poder disciplinario del Colegio. La Cámara aclaró que ese poder puede alcanzar conductas realizadas fuera de un expediente judicial, pero siempre que exista una relación objetiva y suficiente con el ejercicio de la profesión.
En el caso de Sarubbi Benítez, los jueces no encontraron ese vínculo. El abogado no era representante de ninguna de las partes en la causa de la Corte que motivó sus publicaciones, no tenía una relación profesional con el denunciante y tampoco realizaba una gestión jurídica vinculada con esos hechos.
“Identificarse públicamente como abogado no supone, por sí solo, ejercer la profesión ni transforma en actuación profesional toda opinión que la persona formule a través de la misma cuenta”, señalaron los jueces.
Los camaristas hicieron una aclaración sobre los insultos que dieron origen al expediente. Dijeron que la decisión no supone “minimizar, justificar ni compartir las gravísimas y manifiestamente ofensivas expresiones” de Sarubbi Benítez.
“Una cosa es el juicio que pueden merecer esos dichos y las consecuencias que eventualmente puedan producir por las vías pertinentes, y otra muy distinta es determinar si se encuentran sometidos a la específica potestad disciplinaria ejercida por el CPACF”, sostuvo la Cámara.
El fallo comparó el caso con otros en los que la Justicia avaló sanciones por expresiones públicas de abogados. La diferencia fue que en esas causas existía un elemento concreto que vinculaba los dichos con una actuación profesional, como una causa patrocinada, una audiencia o una relación previa con un cliente.
Con ese argumento, la Sala IV hizo lugar a la apelación de Sarubbi Benítez, revocó la sanción y dejó sin efecto la “advertencia en presencia del Consejo Directivo” que le impuso el Tribunal de Disciplina del Colegio por los insultos a los jueces de la Corte.
Sarubbi Benítez integra Las Fuerzas del Cielo, organización libertaria que lidera Daniel Parisini (alias Gordo Dan) y se referencia en Santiago Caputo; conduce el programa La Trinchera, de Carajo (del Gordo Dan y Augusto Marini); es columnista del portal de noticias La Derecha Diario (que Fernando Cerimedo le transfirió a Javier Negre); y conduce el programa Veredictum, por Youtube. Además, es abogado de influencers y dirigentes libertarios, como el Gordo Dan, Cerimedo, Esteban Glavinich (alias Traductor Te Ama), Juan Carreira (alias Juan Doe, director de Comunicación Digital del Gobierno) y el exjefe de Gabinete, Manuel Adorni, entre otros.
La apelación del Colegio Público
El Colegio Público de la Abogacía presentó un recurso extraordinario federal para intentar llevar el caso a la Corte Suprema. El escrito pide que se deje sin efecto el fallo de la Cámara y que se confirme la sanción “de advertencia” que le impuso a Sarubbi Benítez. El Colegio cuestionó que los jueces hayan exigido un vínculo entre las expresiones del abogado y una causa, un cliente, un colega o una gestión profesional para considerar que podía ejercer su potestad disciplinaria.
El Colegio sostuvo que la decisión fija un criterio que puede limitar su capacidad para controlar la conducta de los abogados matriculados. Según planteó, el fallo podría dejar fuera del control disciplinario expresiones de abogados contra jueces y otros profesionales cuando no exista una causa o una relación profesional concreta. También señaló que Sarubbi Benítez se identifica públicamente como abogado, tenía unos 64.000 seguidores y utilizó esa cuenta para cuestionar a integrantes de la Corte.
En su apelación, la entidad planteó que “la gravedad institucional de lo decidido se evidencia en que, a las pocas horas de la sentencia, el propio matriculado difundió públicamente en la red social X un mensaje en el que presenta el fallo de la Sala IV -aún no firme- como una habilitación para persistir en su conducta, refiriéndose a la institución que represento como ‘ente parasitario’ y desafía en términos agraviantes a sancionarlo”.
“Ello demuestra que la doctrina sentada por la Sala IV CAF, priva al Colegio de la potestad que le confiere la ley 23.187 respecto de las conductas que afectan la dignidad de la profesión, de la propia institución y que el interés comprometido excede el caso”, sostuvo el Colegio Público.
La decisión de la Cámara no alcanza a otra sanción disciplinaria que recibió Sarubbi Benítez, en una causa diferente, vinculada con su actuación profesional como abogado de una clienta particular. En ese expediente, el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de la Abogacía le aplicó una multa de $1 millón por una conducta vinculada con su ejercicio profesional. Sarubbi Benítez también apeló esa sanción y el caso tramita por separado ante la Justicia.
El antecedente por insultos contra los musulmanes
Sarubbi Benítez también protagonizó este año otro conflicto judicial por expresiones publicadas en redes sociales. El Centro Islámico de la República Argentina lo denunció por mensajes que consideró discriminatorios contra los musulmanes.
En esa causa, el abogado llegó a un “acuerdo de conciliación” hace dos meses, que incluyó un pedido público de disculpas y una donación de $200.000 al Hospital de Niños Pedro de Elizalde. El acuerdo permitió cerrar el expediente, luego de que Sarubbi manifestó un “sincero arrepentimiento por las expresiones vertidas”.
El episodio tiene ahora otro capítulo dentro del mismo universo político y mediático. El Centro Islámico también denunció a principios de mes al Gordo Dan por expresiones de discriminación contra el islam. Pero, a diferencia de Sarubbi Benítez, Parisini dijo que no piensa retractarse y que prefiere “ir preso” antes que pedir disculpas por decir lo que piensa sobre el Islam y los musulmanes.
Fuente: www.clarin.com



