La Cámara de Casación rechazó una queja que despeja el juicio oral contra el entorno del ex secretario privado de Cristina Kirchner


La Cámara Federal de Casación Penal, rechazó este martes una queja del ex abogado Nicolás Plo del secretario privado de Cristina Kirchner, Daniel Muñoz, contra el rechazo de su planteo de nulidad del escrito de elevación de la causa a juicio oral.

La defensa de Plo -quien estuvo detenido en una causa conexa a los Cuadernos de las Coimas- sostuvo que dicho escrito es nulo porque el juez Claudio Bonadio omitió tramitar en forma incidental diversos planteos introducidos al contestar la vista del art. 349 Código Procesal Penal de la Nación, resolviéndolos directamente dentro del auto de elevación a juicio, lo que —según alegó— afectó el debido proceso y las garantías de defensa.

El rechazo lo resolvió la sala III de este tribunal integrada por los jueces Carlos A. Mahiques, Mariano Hernán Borinsky y Guillermo J. Yacobucci

El fiscal Carlos Stornelli había imputado a Miguel Ángel Plo por haber defraudado a Héctor Daniel Muñoz y a Carolina Pochetti, al haberles requerido -y luego obtenido de ellos- una suma de dinero que habría ascendido a 10.000.000 de dólares, bajo pretexto de que al menos parte de dicho dinero se utilizaría supuestamente para remunerar al juez federal Luis Rodríguez, quien recientemente se jubiló en su cargo.

El supuesto pargo era “con el objeto de que éste garantizara sus impunidades y las de sus familiares en el marco de la causa nro. 3867/2016 entonces a su cargo”.

La causa se inició como consecuencia de la extracción de testimonios del expediente 17459/2019, en la cual se investigan las maniobras de lavado del ex Secretario de Presidencia Daniel Muñoz (fallecido el 25/5/2016) y por una serie de personas más -que incluyen a la propia Carolina Pochetti y a Elizabeth María Herminia Ortiz Municoy- con unos 70 millones de dólares de procedencia ilícita invertidos en el exterior y otros 100 en la Argentina.

El fiscal Stornelli pidió este año el cierre de esta causa conexa a Cuadernos y su elevación a juicio oral y público.

En el marco de esa investigación, a partir del aporte realizado por Carolina Pochetti al declarar como imputada colaboradora, se ordenó la formación de una investigación separada tras la sospecha de que Plo, además de ocuparse presuntamente de la reestructuración del “esquema de lavado de dinero allí investigado, ofreció a Muñoz y su esposa Pochetti procurar sus impunidades al respecto, a través de la maniobra ya detallada”.

Se calificó la conducta atribuida a Plo como constitutiva del delito de defraudación, tipificado en el artículo 173, inc. 10 del Código Penal de la Nación. El juez federal Rodriguez fue sobreseído.

Mediante la resolución de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal permite que así acerque la etapa de juicio oral y público.

Fuente: www.clarin.com

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