El Gobierno promulgó las leyes de emergencia pediátrica y financiamiento universitario, pero postergó su aplicación

El Gobierno promulgó este martes las leyes de emergencia pediátrica —conocida como Ley Garrahan— y de financiamiento universitario. Ambas normas fueron ratificadas por el Congreso el 2 de octubre, tras rechazar los vetos del presidente Javier Milei. Sin embargo, su aplicación quedó en suspenso porque, al igual que con la normativa que declara la emergencia en discapacidad, el Ejecutivo le solicita al Parlamento que defina de dónde saldrán las partidas para financiar dichos gastos.
Por rotunda mayoría, el Senado volteó los vetos de Javier Milei. Con los decretos 759/2025 y 760/2025 publicados ahora en el Boletín Oficial, el Ejecutivo promulgó las leyes 27.795 y 27.796, pero no habilitó las partidas necesarias para garantizar su cumplimiento.
El 22 de septiembre, el jefe de gabinete, Guillermo Francos, ya había señalado, a través del decreto 681/25 que oficializó la ley de discapacidad, que el Congreso “omitió indicar de manera fehaciente la manera en la cual han de financiarse las erogaciones que la aplicación de la Ley N° 27.793 suponen para el Estado Nacional”.
Ahora, el Ejecutivo mantiene la misma postura en relación con las normas que autorizan recursos para las universidades y el Garrahan, y sostiene que debería ser el propio Congreso, a través del Presupuesto 2026, quien defina cómo aumentar los recursos.
Mediante el Decreto 759/2025, publicado en el Boletín Oficial, se aplicó la Ley 27.795, que establece el financiamiento de la educación universitaria y la recomposición salarial del personal docente, que busca garantizar el sostenimiento del financiamiento de las universidades públicas y actualizar los salarios del personal docente y no docente, así como los programas de becas estudiantiles.
La normativa establece que el Poder Ejecutivo debe definir las partidas presupuestarias del programa “Desarrollo de la Educación Superior” para asegurar el ingreso, la permanencia y la graduación de los estudiantes, además de incrementar recursos para tecnología, investigación, extensión universitaria y formación del personal docente. También contempla la actualización de los salarios según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la incorporación de sumas no remunerativas y no bonificables a los básicos.
Según los cálculos oficiales, la ejecución total de la ley tendría un costo de aproximadamente $1,07 billones en 2025, considerando la recomposición de salarios y becas. Para 2026, se estima que la ley demandará más de $2 billones.
Sin embargo, la aplicación de la ley quedará suspendida hasta que el Congreso determine las fuentes de financiamiento e incluya las partidas necesarias en el Presupuesto Nacional, tal como establece el artículo 5° de la Ley N° 24.629 sobre ejecución del gasto público. La Procuración del Tesoro destacó que cualquier intento de ejecutar la norma sin esos recursos sería incompatible con la ley y podría generar responsabilidad funcional.
Por otro lado, mediante el Decreto 760/2025, el Gobierno promulgó la Ley 27.796, que declara la emergencia sanitaria en salud pediátrica y en las residencias nacionales de profesionales de la salud por un año.
La norma busca garantizar el acceso equitativo y de calidad a los servicios de salud infantil, asegurar el funcionamiento de los hospitales pediátricos, reforzar los sistemas de residencias médicas y recomponer los salarios del personal sanitario, incluyendo incentivos y exenciones fiscales para quienes trabajen en actividades críticas. Además, declara al Hospital de Pediatría “Prof. Dr. Juan P. Garrahan” como centro de referencia nacional en atención de alta complejidad.
La ley contempla un costo fiscal estimado de $196.270 millones, y establece que los recursos provendrán de la reasignación de partidas dentro del presupuesto del Ministerio de Salud y de reservas destinadas a contingencias sanitarias. Sin embargo, el decreto advierte que esta asignación no constituye una fuente de financiamiento concreta ni suficiente, y que actualmente el Ministerio presenta un déficit de $102.400 millones. Implementar la norma sin fuentes claras implicaría desfinanciar programas esenciales, como la entrega de medicamentos a personas vulnerables o los programas de prevención de VIH y enfermedades de transmisión sexual.
Por ello, y en aplicación también del artículo 5° de la Ley N° 24.629, el Ejecutivo aclara que la ley queda suspendida hasta que el Congreso determine fuentes de financiamiento e incluya las partidas necesarias en el presupuesto nacional. El decreto también cuestiona que la norma pretenda derogar la Resolución N° 2109/25 del Ministerio de Salud, ya que esto implicaría una intromisión del Congreso en facultades del Poder Ejecutivo, violando la división de poderes.
Fuente: www.clarin.com