Durísima respuesta del juez a los legisladores K que quieren visitar a Cristina Kirchner sin permiso


Luego de que los diputados y senadores kirchneristas desafiaron a la Justicia y anunciaron que visitarán a Cristina Kirchner sin autorización, el juez Jorge Gorini -que tramita los permisos en el domicilio de la ex presidenta- les respondió con un duro pronunciamiento y les recordó que la ex presidenta está presa en su departamento y que esa situación tiene límites.

El juez Gorini les recordó que Cristina Kirchner está obligada a cumplir las reglas de comportamiento impuestas por el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) cuando se dictó su arresto domiciliario, para justamente, poder seguir contando con dicho beneficio.

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Cristina Kirchner salio a saludar al balcón

Ante los más de 1.000 mails ingresados a la casilla de correo del Tribunal pidiendo visitar a Cristina Kirchner en su arresto domiciliario, y a los pedidos de los legisladores kirchneristas, el juez dijo: “Por más repetitivo que parezca, ya en la resolución del 17 de junio pasado se estableció como pauta de conducta que (Cristina Kirchner) debía informar una nómina de personas” que podrían acceder al domicilio donde está presa “sin necesidad de autorización judicial”, sostiene la resolución la que accedió Clarín.

Bajo ese mismo criterio, Gorini añadió: “todo el que no esté en ese listado debe pedir permiso y debe “requerir” una habilitación para ingresar”.

A la hora de analizar los puntos centrales del escritos de los diputados y senadores, el magistrado expresó: “Los solicitantes pretenden que se establezca y adelante un criterio judicial sobre circunstancias futuras, extremo que resulta manifiestamente impertinente al exigir, en alguna medida, que el tribunal se expida en abstracto sobre cuestiones cuyos pormenores de momento desconoce”.

El miércoles por la tarde, y en medio de esta discusión, los diputados y senadores de Unión por la Patria presentaron un escrito ante el TOF 2 señalando que tienen “derecho a visitar a Cristina Kirchner”, cuando ellos lo consideren pertinente, desafiando así lo determinado por los jueces federal.

Se indicó que se rige “el estudio de cada caso en particular que se encuentre por fuera del listado de personas autorizadas sin restricción alguna (según criterio de la interesada)”.

Una vez más se señaló que los pedidos de autorización deben ser presentados “por los letrados tal como fuera recordado en el día de ayer las solicitudes pertinentes, en la forma de estilo y habitual, serán atendidas con la diligencia que cada caso amerite”.

En función de dichos argumentos se reiteró que la “canalización de las solicitudes de autorización en cuestión, procédase de igual modo y remítanse sendos escritos a los señores defensores particulares a sus efectos”.

En la presentación interpuesta ante el TOF 2 señalaron: “Debemos recordar que la doctora Cristina Fernández de Kirchner reviste el carácter de presidenta del Partido Justicialista, partido articulador de las alianzas electorales que nos llevaron a ocupar nuestras bancas. En ese sentido, debe recordarse que los partidos politicos, conforme al artículo 38 de la Constitución Nacional, son ‘instituciones fundamentales del sistema democrático'”.

Consideraron además que, “aunque parezca ridículo, debemos enumerar la trayectoria política de quien ha sido Diputada Nacional, Senadora Nacional, dos veces Presidenta de la Nación y una vez Vicepresidenta de la Nación resultando por ello ser una persona de consulta permanente en los asuntos que tienen que ver con la administración de la República”.

Pese a los fallos judiciales, los senadores kirchneristas indicaron que “limitar nuestro contacto no solo afectaría nuestra labor parlamentaria, sino que implicaría un menoscabo nuestra representación de todas aquellas personas que vemos a la doctora Fernández de Kirchner como una líder política indiscutida”.

Finalmente, expresaron que, para no respetar una decisión judicial, se basan en las inmunidades que “se centran en que las Cámaras legislativas requieren estar protegidas en el desempeño de sus funciones para garantizar la libertad de acción del legislador. Ello a fin de que pueda expresarse libremente y desarrollar sus deberes como representante de las provincias y del pueblo respectivamente, a tiempo de que no sufra actos hostiles por parte de los demás poderes del Estado”.

Por eso -según la particular interpretación de los legisladores K- “impedir o restringir nuestra presencia en el lugar de cumplimiento de la medida dispuesta contra la doctora Fernández de Kirchner afectaría el ejercicio de esta representación, comprometiendo seriamente la vigencia de derechos y garantías constitucionales”.

Fuente: www.clarin.com

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