Camionero jujeño condenado en Santa Fe por intentar sobornar a un gendarme

El episodio ocurrió el 2 de abril de 2018 en la Ruta Provincial N° 4, a la altura del paraje La Pelada, en el departamento Las Colonias. Personal del Escuadrón de Seguridad Vial “San Justo” de Gendarmería Nacional detuvo un camión con acoplado conducido por el jujeño.

Al inspeccionar el vehículo, los efectivos detectaron un fuerte olor proveniente de la cabina y hallaron una bolsa de arpillera azul con 34 paquetes de hojas de coca, que sumaban un total de 16,960 kilogramos de la mercedaria.

Camionero jujeño condenado en Santa Fe por intentar sobornar a un gendarme (Foto ilustrativa)

Camionero jujeño condenado en Santa Fe por intentar sobornar a un gendarme (Foto ilustrativa)

Camionero jujeño condenado en Santa Fe por intentar sobornar a un gendarme (Foto ilustrativa)

El conductor intentó sobornar a un gendarme ofreciéndole dinero para evitar el procedimiento: “Podemos arreglar jefe, tengo dos mil pesos para usted”, intento que fue rechazado y se lo detuvo, además de secuestrar la mercadería y el camión.

La condena al camionero

El juez Ricardo Moisés Vázquez homologó esta semana en Santa Fe, un juicio abreviado propuesto por el fiscal auxiliar Nicolás Sacco, con el consentimiento de la defensora pública oficial Mariana Rivero y Hornos y del propio imputado.

El jujeño fue hallado culpable de los delitos de encubrimiento de contrabando y cohecho activo, en concurso real. La pena impuesta fue de un año de prisión en suspenso y seis meses de inhabilitación especial para ejercer el comercio.

El camionero deberá cumplir reglas de conducta, como fijar residencia y someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, bajo la supervisión del juez de Ejecución. El camión y el acoplado secuestrados fueron devueltos a su propietario en carácter de depósito judicial.

Los fundamentos de la condena

En su fallo, el tribunal señaló que si bien la tenencia de hojas de coca para coqueo o infusión no está penada en Argentina (artículo 15 de la Ley 23.737), la cantidad secuestrada excedía ampliamente lo que puede considerarse para uso personal y su ingreso al país no estaba justificado.

Los peritajes técnicos descartaron que el cargamento tuviera como destino la producción de cocaína, ya que con los 17 kilos incautados solo se podrían obtener unos 85 gramos del estupefaciente, por lo que el hecho fue encuadrado en el delito de encubrimiento de contrabando y, por el ofrecimiento de dinero al gendarme, en cohecho activo.

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Fuente: www.todojujuy.com

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