Le acreditaron por error 165 millones (330 sueldos), se fue del trabajo y la Justicia terminó fallando a su favor


Un trabajador de una empresa de servicios financieros en Chile recibió por error un depósito de 165 millones de pesos —equivalentes a 330 salarios y a unos 190.000 dólares de ese momento— y fue sobreseído por la Justicia tras renunciar y desaparecer con el dinero.
El insólito episodio comenzó en el año 2022 cuando el departamento de recursos humanos cometió una falla administrativa en la transferencia de los haberes mensuales del implicado.
Al notar el excedente en su cuenta bancaria, el hombre inicialmente notificó a su supervisor sobre la irregularidad detectada. La compañía le solicitó que se dirigiera a su banco para gestionar la devolución total de los fondos, pero el empleado nunca cumplió con ese trámite administrativo. En lugar de reintegrar la suma, presentó su renuncia formal mediante un abogado y cortó todo vínculo con la empresa.
La firma damnificada decidió iniciar acciones legales bajo la carátula de apropiación indebida, buscando recuperar el capital y sancionar la conducta del exdependiente. Sin embargo, el proceso judicial tomó un giro inesperado cuando los magistrados analizaron las pruebas presentadas por ambas partes. El fallo final generó un fuerte impacto en el ámbito del derecho laboral y penal de la región.
Cuál fue la resolución de la Justicia y por qué generó un impacto en el ámbito del derecho laboral chileno
La Justicia determinó que el error fue responsabilidad exclusiva de la empresa y que no hubo una acción fraudulenta por parte del receptor para obtener el dinero.
Según los jueces, la figura de la apropiación indebida requiere que exista un título previo que obligue a la devolución de una cosa mueble. En este caso, el depósito fue un acto voluntario, aunque erróneo, de la parte empleadora.
El tribunal sostuvo que el trabajador no realizó ninguna maniobra de engaño ni alteró los sistemas informáticos para provocar el pago de los 330 sueldos. Al ser un error de gestión interna de la empresa, la conducta del hombre de quedarse con el excedente no encuadró en un delito penal. Esta interpretación legal favoreció al imputado, quien quedó libre de las acusaciones criminales.
A pesar de que la empresa intentó demostrar que hubo mala fe en la desaparición del sujeto, los magistrados recalcaron la falta de dolo. El fallo subraya que las controversias derivadas de pagos excesivos realizados por el empleador deben resolverse en el ámbito civil y no mediante la persecución penal. De esta manera, el trabajador evitó una condena de prisión por el millonario incidente.
La defensa del empleado argumentó con éxito que su cliente simplemente recibió una transferencia y que la ley penal no castiga el aprovechamiento de un error ajeno en estas circunstancias.
Fuente: www.clarin.com



