Tras una foto con nueve economistas, aplican restricciones a las visitas de Cristina: grupos de tres y dos veces por semana


El juez federal Jorge Gorini, responsable de la ejecución de la condena del caso Vialidad, impuso -tal como anticipó Clarín– restricciones a las visitas que recibe Cristina Kirchner en San José 1111 donde cumple el arresto domiciliario por la condena de corrupción que pesa sobre ella.
Según estableció Gorini, no podrá podrá recibir personas más de dos veces por semanas y un máximo de tres personas por dos horas.
El punto de inflexión fue la fotografía que publicó esta semana la expresidenta en sus redes, rodeada de nueve personas, en la mesa del living del departamento que se constituyó desde junio de este año en su prisión domiciliaria.
“Establecer que las visitas a las que refiere el punto precedente deberán, en lo sucesivo, tener una duración máxima de dos (2) horas, que podrán concederse hasta dos (2) veces por semana y no podrán superar el límite de tres (3) personas concurrentes para cada ocasión”, sostiene el fallo al que accedió Clarín.
Minutos antes de la confirmación de las restricciones, la propia Cristina Kirchner salió en redes y aseguró que las críticas hacia ella no eran por la foto, sino por sus cuestionamientos al modelo económico de Javier Milei. E incluso recordó que ya había recibido a otros grupos de media docena de personas, sin tanta polémica.
Según explicaron fuentes judiciales, el abogado Carlos Beraldi había requerido autorización para que los economistas visiten a Cristina Kirchner, pero no se especificó en el escrito que irían todos juntos para mantener una reunión en el departamento del barrio de Monserrat.
Las cosas cambiarán a partir de ahora. En el Tribunal aseguran que se estaba desnaturalizando el arresto domiciliario.
“Corresponde aclarar y reiterar que la visita de las nueve (9) personas que ingresaron al domicilio no había sido solicitada para que todas ellas concurrieran de manera simultánea, ni tampoco para participar de un encuentro colectivo”, explicó el juez Gorini en el fallo al que accedió Clarín.
Sobre esa reunión señaló: “La presencia concomitante de un grupo tan numeroso de personas excede los términos de la autorización requerida, así como el sentido común que subyace a la regla oportunamente impuesta, según la cual, a excepción de un grupo reducido de personas allegadas –grupo familiar, profesionales médicos, representantes letrados–, todo ingreso de personas no incluidas en ese listado, debe ser expresamente solicitado y fundado, en cada caso, con anterioridad al acceso al domicilio”.
En otro tramo de su resolución el juez que ejecuta la pena del caso Vialidad, expuso que la solicitud formulada para autorizar el ingreso de personas a San José 1111, debe ser debidamente informado. Ante todo “por razones de seguridad que son inherentes al régimen de prisión domiciliaria, pero sin obviar cuestiones inherentes al carácter de sanción penal que motiva el encierro de la interesada”.
La reunión realizada, en los términos en que fue difundida por la propia involucrada, explica la resolución “no sólo demuestra falta de prudencia sino que, además, desconoce la naturaleza punitiva de la prisión domiciliaria y desvirtúa los fines que inspiran esta modalidad de ejecución de la pena de prisión impuesta”.
Un encuentro de esta magnitud, con múltiples ingresos en forma simultánea, “no se compadece con la lógica de restricción que caracteriza este régimen excepcional”. Es decir: no se puede soslayar que Cristina Kirchner está presa en cumplimiento de una condena por corrupción.
Al finalizar la fundamentación de aplicar restricciones a las visitas que recibirá Cristina Kirchner, el juez Jorge Gorini explicó: “a partir de una interpretación que procura compatibilizar las reglas aquí aplicadas con el régimen de visitas previsto para las personas privadas de su libertad en establecimientos dependientes de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal”.
Ello pone de manifiesto que el régimen aquí implementado -en el cual un grupo cercano, de tamaño considerable, posee acceso irrestricto al domicilio de Fernández de Kirchner- “resulta suficientemente garantizador de los derechos elementales inherentes a toda persona privada de su libertad”.
En este contexto, las autorizaciones en cuestión se configuran como supuestos excepcionales y, por lo mismo, se “encuentran naturalmente sometidas a restricciones de igual naturaleza”.
En tales condiciones, “aparece plenamente razonable, a la luz del régimen legal de referencia, que dichas autorizaciones para visitas tengan una duración”.
Fuente: www.clarin.com



