El juez Sebastián Casanello rechazó el pedido de los Kovalivker para anular la investigación por posibles hechos de corrupción

El juez federal, Sebastián Casanello, rechazó este viernes el pedido de nulidad de la familia Kovalivker para evitar seguir siendo investigados por la presunta estructura de corrupción que habría funcionado en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) con la participación de la droguería Suizo Argentina SA. El magistrado convalidó los criterios del fiscal federal Franco Picardi, quien habló de falta de sustento y de una marcada pretensión de “entorpecer el desarrollo de la investigación”.

El abogado de los Kovalivker, Martín Magram, había pedido anular la investigación que inició hace casi un mes y “en virtud de la violación flagrante al derecho de defensa en juicio de mis ahijados procesales así como la vulneración al debido proceso”.

Los argumentos de la defensa fueron rechazados por la querella, a cargo de Poder Ciudadano, por el Ministerio Público Fiscal y finalmente, por el juzgado a cargo de Casanello.

La defensa de Eduardo, Jonathan y Emmanuel Kovalivker había señalado que la conversación filtrada a ciertos medios de comunicación, donde se lo escucha a Diego Spagnuolo (ex titular de la ANDIS) hablando sobre un esquema de coimas, fue obtenida de manera ilícita motivo y no podría utilizarse para dar inicio a una causa penal.

Ante ese primer argumento, el fiscal Picardi consideró que se trataba de un postulado “errado, contradictorio, carente de sustento evidencial, y cuyo fin litigioso, únicamente, busca entorpecer el desarrollo de una investigación -incipiente- que se ha llevado a cabo -y se lleva, y llevará- respetando las reglas constitucionales y procesales vigentes”.

Al rechazar los pedidos de nulidad, el juez Sebastián Casanello remarcó que la defensa pretende “atribuir carácter de prueba única

a algo que, al menos de momento, no lo tiene, para luego denunciarlo sobre

una base enteramente especulativa con el objetivo de hacer caer todo lo

actuado”.

Si se diera cabida a este razonamiento falaz -continuó desarrollando el magistrado- “bastaría que los propios

investigados hicieran circular este tipo de audios con un relato ponzoñoso

atado a una tesis conjetural para luego procurar impunidad”.

Diego Spagnuolo, el ex titular de la Agencia de Discapacidad. Diego Spagnuolo, el ex titular de la Agencia de Discapacidad.

Estas palabras van en consonancia con lo que escribió Picardi, que dijo: “frente a la ausencia de una teoría del caso consolidada respecto al planteo, la defensa técnica de Jonathan, Emmanuel y Eduardo Kovalivker intentó poner en tela de juicio el actuar de esta justicia penal federal, utilizando diversas hipótesis y suposiciones que no puede sostener de ninguna manera pero que, además, se presentan como antagónicas”.

Frente al dictamen del Ministerio Público Fiscal, el juez Sebastián Casanello resolvió rechazar el pedido de nulidad pretendido por el abogado Martín Magram en representación de los dueños de la droguería.

En la resolución de trece páginas a la que accedió Clarín, el juez Casanello sostuvo: “No se explicó, ni se observan motivos que justifiquen la

premura en cursar un planteo de esta especie a ciegas”, recordando que cuando se pidió la nulidad la causa llevaba pocos días y se encontraba bajo secreto de sumario.

Por ello, continuó diciendo el magistrado, “no puede

admitirse en favor de la parte su ignorancia de las circunstancias por las que

pretende tachar de nulidad algo que, en verdad, desconoce”.

Al progundizar en su decisión, el juez Casanello sostuvo que la postura de la defensa se trata de un

“argumento circular construido sobre cursos hipotéticos que revela un clásico

sofisma de petición de principio”.

Como enseñaba Bentham en su célebre

Tratado de los Sofismas Políticos, la diferencia entre un error y un sofisma era

que, mientras el primero se trataba de una opinión equivocada, el segundo se

valía de esa opinión falsa como medio para un fin: era un instrumento de

error.

En primer término, ya el fiscal entendió que en los pedidos de nulidad de la investigación por presuntos hechos de corrupción donde se busca desentrañar la posible existencia de un entramado de sobornos.

El juzgado convalidó los argumentos del fiscal Picardi que se había referido a una “ausencia total de solidez en sus postulados” y consideró que resultan “llamativos, puesto que denotan la carencia de coherencia interna en los planteos: es esto, pero si no es esto, es esto otro”.

Entonces, a este tipo de planteos, en el marco de un caso vinculado a posibles maniobras de corrupción entre determinados funcionarios públicos del Estado Nacional y una parte del sector empresarial de la Argentina, emparentado a las droguerías nacionales, “no se le debe dar lugar, ni respuesta favorable”, explicó Franco Picardi.

Para fortalecer este aspecto, en su resolución, el juez Casanello recordó los compromisos internacionales asumidos por nuestro país en materia de lucha contra la corrupción.

Tanto el juez como el fiscal coincidieron en explicar que se está ante una “investigación incipiente, en pleno curso, que ha respetado las reglas establecidas para su desarrollo”. Por ese motivo el juzgado determinó que la pesquisa continuará.

La fiscalía determinó que la plataforma fáctica del caso“se circunscribe a la investigación de posibles maniobras de corrupción pública desplegadas en el seno de la Agencia Nacional de Discapacidad desde diciembre del 2023 a agosto del 2025”. En esta ocasión fijaron una ventana temporal: la gestión del presidente Javier Milei.

Asimismo,el fiscal Picardi sostuvo en uno de sus últimos dictámenes, que se concentra en la “determinación de las características” de la maniobra. Esto es: “el conocimiento respecto de su entramado y la identificación de sus responsables”.

En efecto, expresó el representante del Ministerio Público Fiscal, “estos sucesos habrían ocasionado un perjuicio patrimonial al Estado Nacional, y en particular, a los destinatarios de las políticas públicas de discapacidad”.

Al respecto, parte de dicho esquema, estaría dado por el rol que le cupo a Droguería Suizos Argentina SA, pero la investigación ya no apunta únicamente a la compañía de la familia Kovalivker, sino que habla de “otras droguerías” que habrían participado “en la recaudación o erogación de pagos indebidos, destinados a funcionarios/as públicos/as del Gobierno Nacional”.

¿Cómo fue el circuito? Para la fiscalía surge a raíz de la “participación en procesos de compra y/o adquisiciones realizadas por ANDIS de forma irregular, con el involucramiento intencionado de funcionarios/as públicos/as”. Es allí donde habla de más de una droguería que podría estar involucrada.

En la ANDIS al menos en el programa Incluir Salud, el más importante para la provisión de medicamentos, intervienen 58 droguerías. El 22% de la compras se concentra en Suizo Argentina SA y el porcentaje restante se distribuye en las demás que, en simultáneo, intervienen en otras compras de la Agencia que dirigía Diego Spagnuolo.

Fuente: www.clarin.com

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