Procesaron a la funcionaria de Axel Kicillof y a la concejal camporista por el ataque con caca a la casa de José Luis Espert


La jueza federal Sandra Arroyo Salgado procesó el pasado viernes a la concejal de Quilmes Eva Mieri, a la funcionaria del Ministerio de las Mujeres y Diversidades de la provincia de Buenos Aires, Alesia Abaigar y a Iván Díaz Bianchi, empleado de un hospital provincial en Vicente López, por el ataque con estiércol contra la casa del diputado José Luis Espert. Este domingo, la magistrada explicó los motivos de su decisión y los delitos por los cuales fueron acusados.

En declaraciones a Todo Noticias, Arroyo Salgado brindó detalles sobre su decisión. En su acusación, consideró que tanto Abaigar y Mieri fueron las organizadoras y planificadoras de las acciones y tuvo en especial consideración que se trata de “dos funcionarias que obraron contrariamente a lo que demandan sus investiduras”.

Sobre la concejal Eva Mieri, mano derecha de la intendenta Mayra Mendoza, dijo que existe, entre otros, una acusación por malversación de caudales públicos. “Recordemos que para la comisión del hecho se valió del uso de una camioneta que era de propiedad de un particular pero estaba afectada al uso del municipio de Quilmes en el marco de una licitación”, explicó.

“Lo que se le imputó es haberle dado un uso distinto de aquel para el cual estaba previsto. Ella, como funcionaria pública, debe administrar el uso de ese bien“, puntualizó.

Según la resolución dictada el viernes, tanto Mieri como Abaigar “formaron parte, en carácter de organizadoras, de una agrupación -cuánto menos transitoria- que tenía por finalidad condicionar la actuación presente y/o futura del diputado nacional Espert en primer término, y del resto de la sociedad que no comparta los ideales políticos de esa organización, mediante actos violentos e intimidantes, como el aquí investigado. Ello, con el agravante de que, a tal fin, se utilizaron bienes del estado, sacando provecho de la posibilidad de disposición de los mismos derivada del carácter de funcionaria pública revestido por Mieri”.

En ese sentido, Arroyo Salgado explicó este domingo que fueron procesadas “en base al delito contra el orden público que está tipificado en el artículo 213 bis del Código Penal y que se refiere a quien formase parte de una organización permanente o transitoria que tuviera por fin primordial o accesorio imponer sus ideas o combatir las ajenas mediante la fuerza o el temor”. Arroyo Salgado contó que se trata de un delito que tiene una pena que va de tres a ocho años de prisión.

Además, los tres imputados están acusados del delito de “amenazas coactivas agravadas por ser anónimas” que, según refirió la jueza, tienen que ver con “quienes dirigieren una amenaza hacia una persona con el fin de obligarla a hacer algo, no hacer o tolerar algo contra su voluntad”.

Aunque la jueza evitó mencionar nombres durante la entrevista, si afirmó que hubo varias personas que fueron sobreseídas y otras sobre las que se resolvió dictar la falta de mérito, es decir, que se consideró que no hay elementos de prueba suficientes ni para sobreseerlos ni para dictar un auto de procesamiento, por lo que se las seguirá investigando.

Fuente: www.clarin.com

Artículos Relacionados

Volver al botón superior