El fiscal Diego Luciani rechazó la prisión domiciliaria de José López: dijo que no se detectan patologías psiquiátricas


El fiscal general, Diego Luciani, rechazó el pedido de arresto domiciliario planteado por José López a través de su defensor oficial. En el dictamen al que accedió Clarín, se expuso que el ex secretario de Obras Públicas que adujo problemas psiquiátricos, puede continuar con su tratamiento en una dependencia carcelaria.

En el caso Vialidad hay un total de nueve personas condenadas. Sólo Cristina Kirchner y Nelson Periotti (ex titular de Vialidad Nacional) cuentan, por el momento, con el beneficio del arresto domiciliario.

El juez Jorge Gorini, responsable de ejecutar la pena en este expediente de corrupción, le corrió vista a la fiscalía para que opinen sobre el pedido de José López de cumplir la sentencia a seis años de prisión en su casa de Río Gallegos.

“Se rechace la solicitud de la defensa de José Francisco López para que la condena a la pena privativa de libertad sea cumplida bajo la modalidad de arresto domiciliario”, señaló el fiscal Luciani en un dictamen de 16 páginas.

Entre otros aspectos, se consignó que “no se observa, al momento de efectuada la presente evaluación, que López presente sintomatología compatible con un cuadro de desestructuración psicótica que deteriore la función judicativa”.

Como contó Clarín, José López había expuesto en su pedido de morigeración de la pena, que sufría un trastorno de estrés postraumático crónico, con pronóstico reservado.

El defensor oficial, Santiago Finn, había señalado que “su alojamiento (por López) en una unidad penitenciaria implica para él un riesgo cierto para su vida e integridad personal, atento a su carácter de arrepentido”. Se convirtió en 2018 en imputado colaborador en el caso conocido como los Cuadernos de las Coimas, apuntando en su confesión -esencialmente-, contra Cristina Kirchner.

Cuando el Ministerio Público Fiscal argumentó por qué no está de acuerdo en conceder el arresto domiciliario, se remitió a una serie de informes médicos a los que fue sometido José López.

La evaluación psicológica – psiquiátrica, a la que asistieron peritos licenciados en psicología y psiquiatría designados por ambas partes. Todos los especialistas concluyeron: “El criterio de realidad está conservado en la actualidad; no presenta alteraciones del curso y contenido del pensamiento ni trastornos sensoperceptivos al momento de la evaluación”.

El mismo documento oficial consigna sobre el ex funcionario kirchnerista: “La inteligencia, evaluada cualitativamente, se encuentra dentro de los parámetros normales. No presenta déficits cognitivos de significación patológica. Asimismo, se lo encontró “sin indicadores de cierto riesgo e inminente al momento de la evaluación”.

Respecto a la evaluación psiquiátrica, se consideró que “las facultades mentales encuadran dentro de la normalidad psicojurídica y médico legal” y que desde la perspectiva psiquiátrica y psicológica, al momento de la evaluación, “se encuentra en condiciones de estar alojado en una Unidad Penitenciaria o donde considere pertinente”.

Finalmente, señalaron los peritos que “dado sus antecedentes clínicos psiquiátricos y psicológicos ampliamente evaluados asociados a su situación procesal debe continuar en tratamiento psiquiátrico tal como lo viniera realizando. El cual podrá implementarse y continuarse como las autoridades consideren pertinentes”.

El rechazo de la fiscalía

Uno de los primeros puntos expresados por el Ministerio Público Fiscal, es que el arresto domiciliario no es una obligación del juez que ejecuta la pena. Sino que, en primer lugar, “constituye una excepción al cumplimiento de la pena privativa de libertad en prisión”.

En segundo lugar, dijeron los fiscales Luciani y Mola, “no debe ser admitida automáticamente por la mera circunstancia de que la persona condenada se encuentre comprendida dentro de uno de los supuestos previstos en las disposiciones citadas.”

Frente a ese cuadro argumental, señalaron los representantes del MPF, que de “todos los precedentes citados, se desprende que la existencia de una afección en la salud de la persona condenada es condición necesaria, pero no suficiente, para conceder el beneficio”.

Por ese motivo concluyeron que, en función del análisis de los informes realizados, “no advertimos la existencia de elementos objetivos que permitan inferir que, en el momento actual, el encierro carcelario suponga, per se, un riesgo o menoscabo efectivo a la vida o integridad personal”.

En este sentido, “el examen físico ha arrojado que el peticionante “se encuentra compensado en su estado de salud física” y que “[n]o presenta patologías clínicas de tipo crónicas”.

Dicho con otras palabras, determinaron los fiscales, “no se ha acreditado la existencia de alguna dolencia, ya sea de índole física o psicológica-psiquiátrica, que actualmente implique un riesgo para la salud del peticionante, ni mucho menos, por ende, que el encierro carcelario pueda implicar una restricción en sus derechos más allá de aquella que es inherente a la privación de libertad misma”.

El domicilio de Río Gallegos

El ex titular de Obras Públicas de los tres gobiernos kirchneristas, permanecía desde 2021 en Río Gallegos, tras obtener la excarcelación en la causa que derivó en su primera condena por corrupción: la de enriquecimiento ilícito a raíz de los bolsos que buscó esconder en junio de 2016 en el Convento de General Rodríguez, con U$S 9 millones.

Es en la capital santacruceña donde pidió cumplir el arresto domiciliario, por ese motivo se ordenó un estudio socio-ambiental sobre la propiedad sugerida.

Si bien se encuentra divorciado de Amalia Díaz, es quien figura como “la persona ofrecida por la defensa como garante” de López. Se encuentra residiendo en Río Gallegos, pero en otro domicilio.

En cuanto a las propiedades de la vivienda propuesta para, eventualmente, cumplir el arresto domiciliario, se consignó que “presenta buen estado general y responde a las necesidades del causante. Su ubicación es en zona urbanizada, con circulación vehicular permanente, peatones y transporte público de pasajeros”.

Fuente: www.clarin.com

Artículos Relacionados

Volver al botón superior