En Diputados comenzó el debate del proyecto Ficha Limpia


El presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, abrió la sesión a las 10. con la presencia de 129 legisladores.

La diputada del PRO, Silvana Guidice, propuso acortar los tiempos del bloque que tendrá cada diputados en el debate sobre fecha limpia e intercalar los pedidos de cuestiones de privilegio, que fue rechazado por el presidente del bloque de Unión por la Patria, Germán Martínez.

La moción fue aprobada por 129 a 105 ya que contó con el respaldo del oficialismo y los bloques dialoguistas.

Se prevé una sesión que durará aproximadamente siete horas.

¿Qué propone el proyecto Ficha Limpia?

La iniciativa propone que ninguna persona condenada por delitos de corrupción en segunda instancia, dictada antes del 31 de diciembre del año previo al proceso electoral, podrá presentarse como candidato a elecciones. Esto afectaría, puntualmente, a la expresidenta y titular del PJ Nacional Cristina Kirchner en caso de querer presentarse como candidata, quien el 13 de noviembre pasado recibió la confirmación de su condena por administración fraudulenta en la causa Vialidad.

En la iniciativa se indica que la prohibición de candidatearse correrá “únicamente en los casos en que la condena impuesta hubiera sido confirmada en segunda instancia, dictada antes del 31 de diciembre del año anterior al proceso electoral, en la que se hubiera confirmado la comisión de al menos uno de los delitos establecidos en la sentencia de primera instancia, aunque modifique la pena impuesta”.

Mientras que “en caso de una condena confirmada en segunda instancia dictada con posterioridad al 1° de enero del año en que se llevaren a cabo las elecciones, el supuesto tendrá efecto a partir de la finalización de dicho proceso electoral”.

Otra parte del dictamen prevé que la Cámara Nacional Electoral deberá llevar “un Registro Público de Ficha Limpia en donde constarán las sentencias de segunda instancia que sean confirmatorias de la comisión de al menos uno de los delitos establecidos en la condena de primera instancia, sus eventuales revocaciones y los datos identificatorios de las personas alcanzadas por dichas sentencias”.

Además de no poder ser candidatas en elecciones nacionales, se establece que las personas condenadas en segunda instancia por corrupción tampoco podrán ser designadas como jefe de Gabinete, ministros, secretarios, subsecretarios, autoridades de entes y organismos descentralizados e instituciones de la Seguridad Social, integrantes de cuerpos colegiados, personal diplomático, ni como directores de empresas o entes con participación estatal de cualquier clase; “ni, en general, podrán ser designadas para ejercer funciones equivalentes a estos”.

Fuente consultada: Noticias Argentinas y Parlamentario



Fuente: www.lavozdejujuy.com

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