La Cámara de Casación rechazó el planteo de Máximo y Florencia Kirchner y quedaron embargadas 13 propiedades


La Cámara de Casación rechazó el planteo de Máximo y Florencia Kirchner y quedaron embargadas 13 propiedades

Después de rechazar el reclamo de Cristina Kirchner para evitar un embargo preventivo de San José 1111, que el Tribunal que ejecuta la condena del caso Vialidad dictó para resguardar el valor patrimonial ante un posible decomiso, la Cámara de Casación declaró inadmisible el reclamo de Máximo y Florencia Kirchner, que buscaban anular las medidas cautelares sobre 13 inmuebles pertenecientes a las empresas Los Sauces y Hotesur.

En el marco de una segunda etapa de bienes a decomisar, requerida por el fiscal general Diego Luciani, el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) -responsable de ejecutar la pena en el caso Vialidad- ordenó embargar de manera preventiva trece propiedades de la familia Kirchner. Las mismas integran el listado de bienes que la fiscalía, entiende, deben ser ejecutadas.

Esta segunda tanda de decomiso se integra de 141 bienes muebles e inmuebles, en su mayoría pertenecientes a Lázaro Báez y a la ex Presidenta. Los nueve condenados por administración fraudulenta en perjuicio del Estado, a la pena de seis años de prisión del caso Vialidad, deben responder de forma solidaria al decomiso que se fijó en 685.000 millones de pesos. Esa cifra representa el daño ocasionado con la maniobra delictiva, a las arcadas del Estado.

El máximo tribunal penal ya convalidó el criterio del TOF 2 al momento de ordenar la ejecución patrimonial de 111 bienes que conforman el primer decomiso. El mismo aún está en manos de la Corte Suprema de Justicia, que debe resolver si ordena el decomiso de ese conjunto de inmuebles.

Mientras tanto, el TOF 2 -integrado por los jueces Rodrigo Giménez, Jorge Gorini y Andrés Basso- embargó los bienes identificados por el Ministerio Público a los fines de resguardar su valor lo más posible y de que sus titulares no los vendan ni modifiquen su naturaleza. La medida es preventiva y responde a un eventual segundo decomiso.

Cristina Kirchner fue la primera en oponerse a la medida cautelar, señalando que esas propiedades pertenecen a sus hijos, quienes no fueron parte de los hechos juzgados en el caso Vialidad. Entre esos bienes embargados, se encuentra el departamento de la calle San José 1111, donde cumple el arresto domiciliario en cumplimiento de la condena por corrupción.

Cuando el TOF 2 ordenó la primera ejecución patrimonial, explicó que todos los bienes incorporados al patrimonio de los condenados entre 2003 y 2015 -cuando se desarrolló la maniobra delictiva-, eran factibles de ser decomisados. Fue en 2016 que la ex Presidenta cedió a sus hijos las propiedades.

La Sala IV de la Cámara de Casación, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, con un voto mayoritario resolvió rechazar el reclamo de Máximo y Florencia Kirchner que, en consonancia con el planteo de su madre, pedían dejar sin efectos las medidas cautelares.

El voto mayoritario lo firmaron los camaristas Hornos y Barroetaveña, quienes señalaron que la decisión del tribunal oral “no era recurrible”. El juez Borinsky sostuvo una posición distinta y propició que el recurso recibiera el trámite correspondiente. En una resolución anterior, el magistrado había considerado que los bienes inscriptos a nombre de Máximo y Florencia Kirchner no debían ser decomisados.

Con el criterio aplicado por el máximo tribunal penal, quedó firme el embargo preventivo sobre trece propiedades de las dos empresas investigadas por lavado de dinero. La inmobiliaria Los Sauces es titular del departamento de San José 1111, el chalet ubicado en la costanera de Río Gallegos, el hotel La Aldea de El Chaltén. En tanto, Hotesur SA tiene como única propiedad, el hotel Alto Calafate, comercializado por Lázaro Báez hasta junio de 2013.

En la última resolución y a través de la cual se dictan nuevas medidas cautelares, los jueces del TOF 2 recordaron que la sentencia condenatoria firme determinó que la maniobra defraudadora en la obra pública “generó beneficios económicos directos para Lázaro Báez e indirectos para la familia Kirchner”.

Durante el período investigado “existió una conexión económica y comercial comprobada”, consignaron los jueces. La sentencia es clara al momento de indicar que las empresas de Báez alquilaron, explotaron turísticamente y construyeron emprendimientos en los hoteles y propiedades de la familia Kirchner, tanto a título personal como a través de Los Sauces S.A. y Hotesur S.A.

Por lo tanto, el dinero del delito “circuló y se asentó en los activos de esas sociedades”.

En la resolución se señaló que es necesario avanzar en la cautela de los bienes que integran esta segunda etapa de decomiso. “El artículo 23 autoriza a alcanzar a las personas jurídicas o sociedades que se hayan beneficiado por el producto o provecho del delito. Bienes transmitidos gratuitamente a terceros: La norma también habilita a ir tras activos o participaciones que hayan sido cedidos o transmitidos de forma gratuita a terceros”, se detalló.

Respecto a los paquetes accionarios, los magistrados recordaron que las acciones de Los Sauces y Hotesur están embargadas desde la instrucción del caso, en 2017. En aquel momento, la justicia analizó la sucesión de Néstor Kirchner y determinó que las cuotas/acciones que le correspondían a Cristina (como parte de sus bienes gananciales y el acervo heredado) habían sido cedidas gratuitamente a sus hijos Máximo y Florencia.

Una vez más: como la condena y su consecuencia patrimonial pesa sobre Cristina Kirchner, esa cesión no la exime de ser ejecutada.

Fuente: www.clarin.com

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