Causa ANDIS: pese a que se niega a aportar su voz, el 26 de agosto inicia la pericia sobre el audio de Diego Spagnuolo


A cargo de la Dirección Criminalística y Estudios Forenses de la Gendarmería Nacional, el 26 de agosto se iniciará la pericia dispuesta sobre los audios atribuibles a Diego Spagnuolo, y que fueron el puntapié inicial para investigar el entramado de sobreprecios, direccionamiento de compra de medicamentos y coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) que tenía a su cargo el ex abogado del presidente Javier Milei.

“Me están desfalcando la Agencia (…), tiene (Daniel Garbellini, dos de Spagnuolo en ANDIS) que recaudar de los medicamentos y lo sube arriba”. “De lo que cobran de medicamentos tenés que poner el 8%, lo tenés que traer a la Suizo y nosotros lo subimos a la Presidencia”. “A Karina le llega el 3 % y el 1 % se va en la operatoria”. “Yo hablé con el Presidente. Tengo todos los whatsapp de Karina… Él no está metido, pero es toda la gente de él. Van a pedirle guita a los prestadores”.

Esas son algunas de las frases registradas en los audios que tomaron estado público en agosto de 2025 y derivaron en las primeras medidas de investigación en el marco del caso que terminó corroborando un circuito de coimas alrededor de la compra de medicamentos e insumos ortopédicos en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

La primera ruta de sobornos determinada por el fiscal Franco Picardi involucra cifras que superan los 30.000 millones de pesos. La segunda instancia de investigación, que derivó en 35 nuevas indagatorias, da cuenta de compras irregulares y con sobreprecios para su posterior retorno en concepto de coimas, de 75.000 millones de pesos.

Con el avance de la causa, la defensa de los dueños de la droguería Suizo Argentina, a cargo de Martín Magram, pidió la realización de una pericia técnica que dé cuenta de la veracidad de los audios, que primero se publicaron mediáticamente y después originaron la causa penal.

Al reclamo constante del abogado se sumó la defensa de Diego Spagnuolo, que siempre sostuvo que esos audios eran “truchos”, “falseados” e incluso “creados con inteligencia artificial”.

En función de esos argumentos, las defensas entendían que la causa debería anularse, al señalar no sólo la presunta falsedad de los audios sino el origen ilegal de los mismos: una violación a la intimidad y privacidad de Spagnuolo. Es decir, mientras no descartan que sean falsos, también barajaron la posibilidad de que hayan sido obtenidos mediante espionaje ilícito.

Cerca de 50 audios serán parte del estudio pericial ordenado por la Sala II de la Cámara Federal porteña y que finalmente impulsó el juez Ariel Lijo.

Ante esta circunstancia, el fiscal Picardi -que tiene delegada la investigación- siempre sostuvo que la pericia de los audios no era una prueba necesaria porque no se encuentran incorporados en el expediente. Sólo fue el grado de sospecha inicial que expusieron aquellas conversaciones las que impulsaron una pesquisa que terminó descubriendo otros ilícitos.

Una vez aprobada la pericia, el Ministerio Público Fiscal solicitó la intervención de la DATIP (Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal de la Procuración General) y propuso a cinco profesionales de sus laboratorios de Multimedia Forense y Análisis Técnico de Telecomunicaciones.

El fiscal adelantó la formulación de cinco puntos de pericia calificados como pertinentes, “necesarios y útiles para determinar la autenticidad e integridad del material sonoro”. El trabajo comenzará el 26 de agosto.

Los puntos requeridos por el fiscal Picardi son la caracterización técnica del archivo: extraer las propiedades técnicas y metadatos de los audios, como el formato del contenedor, códec, tasa de muestreo (sample rate), bitrate, canales y duración.

El segundo ítem es la “obtención de material indubitado”, para lo cual se convocó a Spagnuolo “para que aporte material de voz de referencia indubitada (no dudosa) para realizar los cotejos”.

Pero sorprendentemente el ex titular de la ANDIS expresó su negativa a prestar su voz para constatar con el material de los audios que tomaron estado público en agosto del año pasado. Ante este escenario, el fiscal sugirió que de no poder contar con su prueba de voz, se utilicen registros públicos como entrevistas realizadas por Spagnuolo.

Otro punto pericial será la realización de una comparación acústico-fonética, para “comparar los parámetros de los audios cuestionados con la muestra indubitada, aplicando metodologías reconocidas para reportar su nivel de compatibilidad”.

Los dos puntos finales responden a la detección de ediciones o manipulaciones, es decir, “determinar si los archivos fueron editados o alterados tras su grabación original, precisando la naturaleza del retoque, los minutos o segundos exactos manipulados, las zonas limpias y el tipo de técnica utilizada” y la verificación de voz humana vs. Inteligencia Artificial.

Para dar por cumplido este último aspecto, la fiscalía requirió analizar si la voz atribuida a Spagnuolo es una captura natural o si fue generada mediante síntesis automática (como clonación de voz o text-to-speech con IA). Para ello se sugiere evaluar parámetros acústicos (como jitter y shimmer), coherencia del ambiente y análisis espectral. Respiración natural y coarticulación, retectores algorítmicos forenses de audio sintético.

Cuando todos los puntos sean respondidos, se pidió la confección de un dictamen final indicando si la voz es real, si pertenece al imputado y cuáles son los márgenes de confianza o limitaciones metodológicas del peritaje.

¿Puede modificar el expediente la pericia?

Cuando se firmó el primer procesamiento, el juez federal Sebastián Casanello había dicho: “El devenir de este expediente en ningún momento se sustentó en el contenido de aquellos audios”. Así también lo había manifestado el fiscal Picardi, quien explicó que hay una gran cantidad de pruebas individuales respecto a los audios, que los mismos “no fueron incorporados como prueba al expediente”, y que hay información y pruebas en el expediente “anteriores a las grabaciones”.

Los camaristas Martín Irurzun y Roberto Boico fueron los que sostuvieron que era necesario “establecer origen y veracidad” de los audios y se ordenó proceder en consecuencia.

La defensa de Spagnuolo indicó que los audios “son falsos”. En segundo lugar, se indicó que se habían editados. Y finalmente, que si existiera algo parecido -a los audios que se hicieron públicos- “sin inteligencia artificial, está extraído de una supuesta conversación donde no escuchamos al interlocutor”.

En Comodoro Py creen que si las conversaciones fueron alteradas con IA “no cambia nada en lo ya investigado”. Incluso alcanza con que “aparezca la voz de Spagnuolo en algún tramo sin IA para determinar que es su voz y habla de corrupción”.

Fuente: www.clarin.com

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